HISTORIA     ESTATUTOS     SOCIOS    FOTOGRAFÍAS    GUADALUPE 2000
 
  CARNAVALES  2003
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

HISTORIA 

 

El día 27 de Agosto de 1979 un grupo de amigos reunidos en el Bar Marcos, promovieron la creación de una peña que tuviera su ámbito de actuación en Valdelacasa De Tajo. Esta inquietud estaba originada por el decaimiento y falta de organización en que estaban quedando las fiestas del Remolino. Este fue el primer paso para que posteriormente naciera la que se denomina Peña el Remolino. Es obligado recordar a estos amigos nuestros por el cariño y amor que demostraron por su pueblo. NICASIO FRAILE, IGNACIO JARILLO, ANDRES ORGAZ, FRANCISCO ORGAZ Y GERMAN TRUJILLO.

En el periodo 1979-1988, esta Peña ha realizado múltiples actividades, que siempre han estado dirigidas a conseguir lo que nos marca el articulo 1º de los estatutos.:

Organizar actos artísticos, deportivos, culturales y otros que puedan contribuir al mayor prestigio y unión de los habitantes de Valdelacasa De tajo.   

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ESTATUTOS

 

 

CAPITULO PRIMERO

 

DENOMINACIÓN Y OBJETO

Articulo 1º.-  Se crea en Valdelacasa De Tajo (Cáceres), la Asociación Recreativo cultural con la denominación de Peña El Remolino cuyos objetivos son el de agrupar a un numero indeterminado de hijos y amigos de este pueblo para organizar actos artísticos, deportivos, culturales y otros que puedan contribuir al mayor prestigio y unión de los habitantes del mismo. 
Se excluyen de manera expresa como fines de la asociación todos los que tengan alguna significación política. Su jurisdicción será de ámbito local.   

Articulo 2º.-  El domicilio social de la Asociación queda establecido en la Plaza General Mola s/n, de esta localidad.

CAPITULO SEGUNDO
DE LOS SOCIOS

Articulo 3º.-  Los socios podrán ser.: Honorarios, Protectores y de Numero. Serán Socios Honorarios aquellos a quien la Junta General acuerde tal categoría, atendiendo a los meritos contraídos con la Peña, por servicios prestados a la misma, tanto de índole material como moral. No vendrán obligados a pagar cuota alguna, si bien no tendrán voz ni voto en las Juntas Generales. 
Serán socios Protectores quienes, voluntariamente acepten contribuir a los fines de la Peña, mediante donativos periódicos ó aportaciones de una sola vez. Tampoco tendrán voz ni voto en las Juntas Generales. 
Serán Socios de Numero, quienes convenientemente admitidos por la Junta Directiva, y teniendo más de 18 años, gocen de todos los derechos y contraigan todas las obligaciones señaladas para los Sres. socios en general. Preferentemente se admitirán personas que estén casadas.

Articulo 4º.- Los Socios de Numero abonarán la cuota que anualmente acuerde la Junta General. Igualmente, por acuerdo de la Junta General se implantará y mantendrá una cuota de entrada de 500 pesetas. Cuando sea admitido un nuevo Socio tendrá que abonar la cuota de entrada que en esa fecha esté acordada, mas la parte del capital que corresponda a cada socio, de lo que resulten los fondos divididos entre todos los Socios.     

Articulo 5º.- Para poder tomar parte en los actos organizados por la Peña, será obligatorio pertenecer a la misma y estar al corriente de pago  

Articulo 6º.- Son derechos reconocidos de los Socios de Número.:
1.- El poder elegir o ser elegido, directivo de la Peña.
2.- El de asistir a las Juntas Generales con voz y voto.
3.- El de formular cuantas propuestas estimen convenientes a su Junta Directiva, siempre que éstas las haga por escrito y la petición vaya firmada por un numero de Socios equivalente al diez por ciento de los que tengan derecho a asistir a las Juntas Generales.
4.- A participar en todos los actos que la Peña organice en las condiciones que, en cada caso establezca su Junta Directiva. 

Articulo 7º.- Son deberes de los socios de Numero.:
1.- El abonar las cuotas periódicas e incluso las extraordinarias que pudieran ser acordadas por la Junta General.
2.- El asistir a las Juntas Generales cuando para ello fueran convocados.
3.- El acatar disciplinadamente a cuantas disposiciones ó sugerencias puedan serle convenientemente hechas por la Junta Directiva.
            

Articulo 8º.- Se pierde la calidad de Socio.:
1.- Por la voluntad del interesado, que debe manifestarlo en carta dirigida al Sr. Presidente.
2.- Por dejar de abonar la cuota social durante un año consecutivo.
3.- Por desobediencia grave a los acuerdos adoptados por la Junta General ó por la Junta Directiva.
4.- Por cualquier acto contrario a las leyes del honor ó de los que causen publico menosprecio al buen nombre de la Peña, de los que se dará cuenta a la Junta General.  

Articulo 9º.- El socio que causare baja por la causa señalada en el punto primero del articulo anterior, podrá solicitar el reingreso en la Peña mediante escrito dirigido a su Junta Directiva, que resolverá en consecuencia.  

CAPITULO TERCERO
DE LA JUNTA DIRECTIVA

Articulo 10º.- El gobierno y administración de la Peña estará a cargo de la Junta Directiva y de la Junta General. 
La Junta directiva estará integrada por.:
- Un Presidente
- Un Vicepresidente
- Un Tesorero
- Un Secretario
- Y el numero de Vocales que se considere conveniente por la Junta General
La Junta General la compondrán todos los socios de la Peña, con voz y voto. 

Articulo 11º.-  La duración del mandato en los cargos directivos, será de dos años. El nombramiento corresponde a la Junta General. Cada candidato a Presidente propondrá a la Junta su lista de colaboradores; las candidaturas estarán expuestas en el tablón de anuncios del local social con quince días de antelación a la celebración de la Junta; en esta se votarán candidaturas completas. Los cargos son reelegibles.  

Articulo 12º.- Para poder ser elector, así como para poder ser elegido para el desempeño de un cargo directivo, habrá de tenerse 18 años cumplidos (ser consiguiente socio de numero) y estar afiliado a la Peña con un año de antigüedad.

Articulo 13º.- Las funciones asignadas a cada miembro de la Junta Directiva, serán las siguientes.:
Corresponde al Presidente ostentar la representación legal de la Peña, presidir las reuniones y firmar y hacer cumplir los acuerdos adoptados tanto por la Junta Directiva como por la Junta General.
El Vicepresidente sustituirá al Presidente en caso de ausencia ó enfermedad de aquel, ó simplemente por delegación, gozando en este caso de las mismas prerrogativas atribuidas al Presidente. 
El Tesorero será el encargado de la administración y custodia de los fondos de la Peña.
El Secretario tiene a su cargo todos los tramites burocráticos de la Peña, fundamentalmente la correspondencia, llevando a cabo las misiones que, en cada momento pueda confiarle la Junta directiva. 
Los Vocales tendrán el cometido concreto, que en cada momento pueda asignarles la Junta Directiva o la Junta General.
 
Articulo 14º.- En caso de vacante producida por la dimisión irrevocable del Sr. Presidente, el Sr. Vicepresidente, se hará cargo del gobierno y dirección de la Peña, hasta que la Junta General en su primera reunión decida al respecto. Si la vacante se refiriese a cualquiera de los otros cargos directivos el Presidente procederá a la provisión del cargo por libre designación, si bien el nombramiento quedará sujeto a ratificación por parte de la Junta General en su primera reunión.  

Articulo 15º.- La Junta Directiva, se reunirá al menos cada tres meses para el despacho y resolución de los asuntos pendientes.

 

CAPITULO CUARTO
DE LA JUNTA GENERAL

Articulo 16º.-  La Junta General se celebrará en sesión Ordinaria una vez al año y con carácter extraordinario cuantas veces lo considere necesario la Junta Directiva, que deberá convocar la reunión con 15 días de antelación, al menos sobre la fecha elegida. Los socios podrán igualmente solicitar la celebración de un Junta General Extraordinaria, siendo preciso en este caso que lo soliciten un numero de ellos equivalente a la mitad mas uno de los que integren la Peña en aquel momento. La asistencia a las Juntas Generales es obligatoria.     

Articulo 17º.- La convocatoria de las Juntas Generales deberá hacerse por carta certificada dirigida a todos los socios con derecho a asistir a ella; en la convocatoria deberán consignarse los asuntos a tratar. Copia de esta convocatoria deberá colocarse en el tablón de anuncios de la Peña, con una antelación mínima de 15 días. 

 

CAPITULO QUINTO
VARIOS

Articulo 18º.-  El patrimonio inicial de la Peña está constituido por la aportación voluntaria hecha por los miembros de su comisión organizadora, que alcance la cifra de 2.500 pesetas.  

Articulo 19º.- El presupuesto anual de la Peña se estima en 16.500 pesetas.

Articulo 20º.- En caso de disolución de la Peña, cosa que no podrá llevarse a cabo en tanto cinco socios de numero estén en contra del acuerdo, el haber liquido que resultare después de atendidas las obligaciones de pago pendientes, será entregado como donativo a la institución benéfica de la localidad.: Hogar De Ancianos de Valdelacasa De Tajo (Cáceres). 

Los presentes estatutos de la Peña el Remolino (Asociación Recreativo-Cultural) fueron aprobados  por la Comisión Organizadora de la Peña, en su reunión del 20 de Diciembre de 1.981 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SOCIOS

 

JUNTAS DIRECTIVAS

 

JUNTA PROMOTORA 1979-1982

 

D. Nicasio Fraile García
D. Ignacio Jarillo Rodríguez
D. Jaime Mendoza
D. Lorenzo Ramos Castro
D. Julián Sánchez Soria
D. Pedro Muñoz Mendoza 

 


 

JUNTA DIRECTIVA 1982-1983

 

Presidente.: Ignacio Jarillo Rodríguez
Vicepresidente.: Francisco Barba Barba
Secretario.: Santiago Ramos López
Tesorero.: Pedro Llamas Trujillo
Vocales.: Lorenzo Ramos Castro
             Pedro Muñoz García 
               Elías Orgaz Tello
               Ernesto Rodríguez Jarillo 
               Nicasio Fraile García
               Julián Sánchez Soria

 


 

JUNTA DIRECTIVA 1983-1984
 

Presidente.: Ignacio Jarillo Rodríguez

Vicepresidente.: Francisco Barba Barba
Secretario.: Santiago Ramos López
Tesorero.: Jesús Muñoz García
Vocales.: Lorenzo Ramos Castro
                Pedro Muñoz García 
                Manuel Jiménez
             Ernesto Rodríguez Jarillo 
             Nicasio Fraile García
             Julián Sánchez Soria

 


 

JUNTA DIRECTIVA 1984-1986
 

Presidente.: Felipe Rodríguez Galindo

Vicepresidente.: Pedro Muñoz García 
Secretario.: Santiago Ramos López
Tesorero.: Jesús Muñoz García
Vocales.: Andrés Orgaz Morales
                Lorenzo Ramos Castro
                Alberto Arroyo Morales
             Ladislao Galindo Muñoz
             Manuel Jiménez

 


 

JUNTA DIRECTIVA 1986-1988

 

Presidente.: Ignacio Jarillo Rodríguez
Vicepresidente.: Lorenzo Ramos Castro
Secretario.: Jaime Mendoza Domínguez
Tesorero.: Jesús Muñoz García
Vocales.: Eusebio Orgaz Muñoz
                Leocadio Ramos Tello
                Clemente Canchas Escudero
             Pedro Llamas Trujillo
             Nicasio Fraile García

 


 

JUNTA DIRECTIVA 1988-1990

 

Presidente.: Francisco García Dorado
Vicepresidente.: Francisco Domínguez
Secretario.: Julián Orgaz Jarillo
Tesorero.: Jesús Muñoz García
Vocales.: Julián Sánchez Soria
                Ladislao Galindo Muñoz
                Gerardo Domínguez Galindo
                José Jiménez
                Pedro Muñoz García
                Lorenzo Arroyo Morales

 


 

     JUNTA DIRECTIVA 1990-1992

 

Presidente.: Lorenzo Ramos Castro
Vicepresidente.: Ignacio Jarillo Rodríguez
Secretario.:  Manuel Jiménez Rodríguez
Tesorero.: Jesús Muñoz García
Relaciones Publicas.: Julián Orgaz Jarillo
Gestion Patrimonio.: Julián Sánchez Soria
Accion Social.: Francisco Domínguez González
                         Elías Orgaz Tello
                         Clemente Canchas Escudero
                         Santiago Ramos López
Cultura.: Francisco García Dorado
                Natividad Arroyo Domínguez
                Mª Del Carmen Orgaz Morales
Juegos Recreativos.: Manuel Ángel Arroyo
                                            Pedro Muñoz García 
Deportes.: Ernesto Rodríguez Jarillo
                      Juan Fco. Martín Rubio

 


             

              JUNTA DIRECTIVA 1992-1994

 

Presidente.: Francisco García Dorado
Vicepresidente.: Santiago Ramos López
Secretario.:  Manuel López Garrido
Tesorero.: Lorenzo Ramos Castro
Directora de "El Remolino".:  Mª Estrella López Dorado
Vocalia de Cultura.:  Mª Soledad Muñoz Dorado
                                   José Cuesta García Argudo
                                   Natividad Muñoz Jarillo
Vocalia De A. Sociales.: Francisco Domínguez González
                                        Teodoro Muñoz Rodríguez 
                                       
Antonio Castillo Serrano
                                        Paula Domínguez González
                                        José Galindo Muñoz
 Vocalia De Acción Social.: Julián Orgaz Jarillo
                                            
Manuel Ángel Arroyo
Vocalia Recreativo-Deportiva.: Lorenzo Arroyo Morales
                                                    Lorenzo Jarillo Arroyo
                                                    Antonio Fraile Rodríguez 

 


 

                    JUNTA DIRECTIVA 1995-1996
Presidente.: Francisco Domínguez González
Vicepresidente.: Nicasio Fraile García
Secretario.:  Lorenzo Jarillo Arroyo
Tesorero.: Lorenzo Ramos Castro
Director de La Revista.: Francisco García Dorado 
Vocalia de Acción Cultural.:  Mª Soledad Muñoz Dorado
                                                Tomas Espuela Barquita    
Vocalia de Actos Social.: Nicasio Fraile García
                                         Guadalupe Lozoyo Toribio 
                                     
    Andrés Moreno Domínguez 
                                         Paula Domínguez González
                                         Gerardo Domínguez Galindo
                                         Manuel Ángel Arroyo 

 

 Vocalia De Acción Social.: Julián Orgaz Jarillo
                                            
Manuel Ángel Arroyo
Vocalia de Deportes  y Juegos Recreativos.:  Manuel López Garrido
                                                                          Fernando Rodríguez Orgaz
                                                                          Antonio Lozoyo Toribio
                                                                          Jesús Andrés Fraile
                                                                          Francisco García Tello    
Conservación y control del Patrimonio.: Francisco García Dorado

 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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